El fallecimiento por coronavirus no resulta problema para cobrar un seguro de vida, ya que en general, las compañías aseguradoras en este caso no incluyen cláusulas que excluya casos de pandemias o epidemias y el sector seguro se encuentra abonando indemnizaciones en el contexto de las reclamaciones ya registradas.

En todo caso ya la identificación de una enfermedad preexistente, seria uno de los obstáculos por lo que la compañía aseguradora podría negar la contratación de la póliza y por ende el cobro del seguro de vida por parte de los familiares, ya que en algunos casos la póliza viene con exclusiones claras por la existencia de patologías anteriores a la contratación del mismo.

No obstante, según expertos en el sector, la espera por las investigaciones sobre la causa, secuela, tratamiento y reinfección del coronavirus, así como de la creación y comercialización de la vacuna, hará que las empresas cuestionen y reformulen sus cuestionarios de salud. Por supuesto, el cambio no se dará de forma inmediata, ya que las gestiones internas dentro de las compañías no resultan tan fáciles y rápidas, pero se darán especificaciones con relación a enfermedades venideras.

Mientras que padecimientos como la hipertensión arterial o diabetes, que son patologías de interés y con mucha importancia, podrían ser consideradas como intrascendentes para protagonizar como las de máximo riesgo en el expediente venidero de salud. Estas se consideran relevantes porque son enfermedades que predisponen a un paciente a que contraiga COVID-19 y fallezca. También se evalúan especificaciones para enfermedades cardiológicas, pulmonares crónicas e inmunodepresoras.

No obstante, expertos advierten que a pesar de que la póliza del seguro de vida no tenga exclusiones con relación a pandemias, epidemias o virus, si la compañía aseguradora no deseas indemnizar, podrían acogerse a que este tipo de patologías no fue reconocido en el perfil del asegurado al momento de contratar el seguro.

Quienes contratan un seguro de vida

En España, aproximadamente 21 millones de españoles ha contratado un seguro de vida, registrando aproximadamente 9 millones de personas con seguros de vida por medio de productos de ahorro y de jubilación. Es decir que prácticamente el 50% de la población española posee una póliza de seguro de vida.

Según la UNESPA al cierre del año 2019 el sector de seguros de vida gestiono alrededor de 241.000 millones de euros de clientes. Sin embargo, en el pasado año se observó un desembolso menor en este tipo de coberturas. En definitiva, cancelaron una medida de 580.03 euros por cada español con un seguro de vida, contra unos 616.6 euros del ejercicio de acuerdo a un informe desarrollado y publicado por Mafpre Economics y la fundación Mapfre.

Expertos en el tema comentan que no es común que una póliza de seguros de vida coloque de forma específica como causa de exclusión una pandemia o epidemia. Cuando ocurre este tipo de hechos la compañía anexa una documentación adicional al contrato en donde son especificadas las condiciones tanto de la cobertura como del asegurado. No obstante, si las condiciones se encuentran destacadas de forma clara y precisa la compañía no considera necesario que el asegurado firme dicho documentación.

En caso de omisión de dicha rúbrica en el documento anexo con condiciones generales puede que ayude al asegurado para tramitar una reclamación por impago por parte de la compañía aseguradora. Incluso si las exclusiones no son expresadas adecuadamente en el contrato. Otra situación en donde las compañías evitan cubrir la cobertura es en caso de que la persona se haya suicidado o si la muerte ha ocurrido en la práctica de alguna actividad deportiva de riesgo.