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En caso de muerte o enfermedad grave, el seguro de vida se encarga de cubrir ese suceso por el pago de una prima. Garantiza una indemnización, con acuerdo anticipado, para ser beneficiario el asegurado en caso de incapacidad o herederos legales si el asegurado fallece, pudiendo optar por un pago único o de manera fraccionada. La cantidad de dinero que se estipule dependerá de los riesgos y el monto que se quiera recibir cuando ocurra una incapacidad o dar a los beneficiarios en caso de muerte.
No es obligatorio, pero es importante tener en cuenta que cuando se adquiere una hipoteca, los bancos relacionan al contrato un seguro de vida o de hogar, teniendo la opción el cliente de ser asegurado por la entidad financiera o realizar un contrato con la compañía de seguros de su preferencia. Generalmente las personas contratan este seguro para no dejar a los familiares la deuda de una hipoteca.
Aunque una gran mayoría de personas se aseguran cuando son muy mayores, la importancia del seguro de vida no solo se ve en esa condición, ya que cuando se contrata en la juventud también aporta muchas ventajas, sin embargo, la contratación que más predomina es el de las personas con familias dependientes asegurando así, el bienestar de estos en caso de fallecimiento del asegurado.
Es cuando el beneficiario recibe la indemnización, en caso de fallecimiento del asegurado. Por lo tanto, el asegurado y el beneficiario no son la misma persona. Cubre solo en caso de fallecimiento, dado el caso que el asegurado viva al término del contrato no se realizará ningún pago. Puede ampliarse con otros riesgos como invalidez total o parcial por enfermedad o accidente.
Esta póliza puede ser de vida entera o temporal.
Se cancela una indemnización al propio asegurado, si vive en una fecha o edad establecidas al momento de vencer el contrato, ya que se pagan primas que brindan al asegurado beneficios.
Paga un monto al beneficiario si el asegurado fallece o se lo abona al mismo asegurado si este continúa con vida.
El asegurado recibe una renta periódica. En su mayoría es contratado para personas mayores que desean contar con una renta de tributación superior a las que reciben los depósitos.
Es la más significativa del seguro de vida riesgo, lógicamente no son los mismos el asegurado ni el beneficiario. Garantizan servicios que pueden variar de una aseguradora a otra:
Existen compañías aseguradoras que lo incluyen en el seguro de vida riesgo, cubriendo solo el 15% del costo.
El monto de la indemnización depende de la causa de muerte, será mayor si esta no ocurre por causas naturales, el monto por indemnización se revalorizará con el tiempo.
Dentro de las causas de fallecimiento se deben incluir la muerte natural, fallecimiento por accidente o suicidio, siendo esta última según ley del seguro cubierto luego de haber transcurrido un año de concluir el contrato. Si el suicidio ocurre antes del año la compañía aseguradora podrá evitar algún pago.
Garantiza indemnización por cualquier causa, incluso accidentes. Las compañías aseguradoras en los casos de accidentes pueden dar un adelanto por el monto del fallecimiento o cubrir la indemnización total. Es aconsejable asegurarse de que la póliza cubra la invalidez y cuál es el monto a cancelar.
En este caso el beneficiario y el asegurado pueden ser la misma persona y se debe tener en cuenta dos puntos importantes.
Se incluye el doble del monto asegurado, y el triple si la causa de la invalidez fue por accidente de tráfico. Por ejemplo: si el monto asegurado es de 100.000 euros y ocurre una invalidez por accidente, el seguro indemniza con 200.000 euros; si la invalidez ocurre por accidente de tráfico el seguro cancelará 300.000 euros.
Sus causas son muy variables, como en el seguro de fallecimiento y se debe tener la seguridad que el seguro incluya invalidez por accidentes, accidentes de tráfico o intento de suicidio.
Se garantiza indemnización por invalidez permanente o temporal, frecuentemente en autónomos y trabajadores, se debe tener en consideración:
Aunque un trabajador quede inhabilitado para efectuar su profesión, puede realizar cualquier otra actividad. En el caso de la Invalidez permanente absoluta queda imposibilitado de realizar cualquier trabajo.
Solo se deja de realizar la actividad por un tiempo debido a una enfermedad u otra causa.
El seguro cancela una indemnización diaria cuando exista una incapacidad temporal. Se recomienda leer la póliza para asegurarse de cuando corresponde este tipo de indemnización.
La mayoría de las aseguradoras cuentan con esta cobertura para informar a sus clientes en cuanto a realizar testamentos, o gestiones debido al fallecimiento del asegurado.
La cantida adelantada dependerá de cada aseguradora, y se ofrece en el caso de fallecimiento para gastos de sepelio.
Asistencia médica y segunda opinión médica. Generalmente esta cobertura la incluyen los seguros de salud, sin embargo, algunas compañías aseguradoras también la incluyen.
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