El seguro de decesos es la cobertura más extendida en el territorio español, quizás uno de los seguros que nos diferencias, por decirlo de una manera, al resto de otros países en Europa y el mundo. Es un seguro que generalmente es asociado a la cobertura por entierro, pero este en realidad cuentan con diferentes garantías que es importante conocer.

Cobertura principal de un seguro de decesos

De forma general, el seguro de decesos cubre los diferentes gastos que se asocian al sepelio de la persona asegurada, hasta alcanzar el capital del mismo. Es decir que garantiza la cobertura de los servicios funerarios y sepelio, en donde se incluye el féretro, gastos tanatorios, coche fúnebre, esquelas y entre otros servicios el entierro o la incineración.

Se debe considerar que un entierro en el territorio español supone un alto coste, a lo que, además, se le pueden ir sumando gastos importantes como el traslado de la persona fallecida o la estancia en donde los familiares se reúnan a recuperar el cuerpo. Además, este tipo de pólizas cubre tramites diversos y gestiones relacionadas con el fallecimiento, que deben realizarse de forma inmediata y suele ser un sector muy bien valorado en España.

Lamentablemente la utilidad de este tipo de pólizas se evidencia cuando la familia está pasando una situación difícil de sobrellevar, y sin duda requiere de un apoyo tanto en el proceso como en los gastos.

Cobertura básica del Seguro de Defunción

El servicio de defunción suele contar con un conjunto de coberturas básicas en donde incluye diferentes prestaciones de servicios funerarios como las siguientes:

  • Sepultura y lapida.
  • Servicio de incineración.
  • Tanatorio y servicio religioso.
  • Elección libre del lugar de inhumación y cementerio en España.

Prestación de servicios funerarios

Se trata de la garantía principal en este tipo de seguros de decesos. En ese caso se incluye el féretro, el coche de transporte fúnebre, el sudario, el tanatorio, el acondicionamiento del cadáver, el servicio religioso y flores. Además, son incluidos los gastos de inhumación en el cementerio deseado o el proceso de incineración.

Inhumación o sepultura

En caso de ser la inhumación el proceso elegido, las compañías incluyen por lo general un nicho temporal, otros ofrecen también la opción de un nicho a perpetuidad. En algunos casos ofrecen también la opción de sepultura, a pesar de que no todas las compañías garantizan la inclusión de lápida en sus pólizas.

Funeraria

En general, los familiares tienen la opción de escoger la funeraria de su preferencia y los componentes necesarios para el sepelio, así como la localidad en donde se realizará el servicio funerario. No obstante, dependiendo de las garantías puede variar el lugar del sepelio, por lo que es conveniente analizar las características de la póliza al momento de la contratación.

Este tipo de coberturas también suele incluir la difusión de esquelas en los medios locales, no siendo el único valor añadido que la compañía aseguradora preste. En muchos casos también incluyen música funeral o sepelio, libro de firmas, catering en el velatorio.

Tramites

Otras de las garantías es que la compañía suele incluir el proceso de trámites comunes de administración de la defunción. De esa manera la familia no tiene que pasar por el incómodo y largo proceso de papeleo durante el sepelio y la defunción. Entre días gestiones, el seguro puede encargarse de las siguientes:

  • Solicitud del certificado de defunción.
  • Solicitud de la pensión de viudedad, orfandad, jubilación o invalidez.
  • Solicitud del certificado de fe de vida.
  • Inscripción en el Registro Civil.
  • Petición del certificado de convivencia.
  • Baja del libro de familia.
  • Partidas de defunción y de testamentos.
  • Solicitud de baja de la Seguridad Social.